Pena de 50 a 60 años de cárcel a feminicidas y de 3 a 8 años para servidores públicos que entorpezcan maliciosamente o por negligencia la procuración y administración de justicia, propone el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, al presentar una iniciativa de reforma al Código Penal de Michoacán.
Al considerar que el actual Código Penal de Michoacán es arcaico y permisivo para quienes cometen delitos de feminicidio, Alfredo Ramírez Bedolla firmó una iniciativa para su reforma.
El gobernador michoacano explicó que esta iniciativa consiste primero en homologar el Código Penal estatal con el federal.
Dejar en claro, Artículo 120 Feminicidio: “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
Se considera que existen razones de génerocuando concurran algunas de las siguientes circunstancias: existan relaciones asimétricas o de poder, o situaciones de vulnerabilidad, subordinación o discriminación desfavorable para la víctima por el hecho de ser mujer frente al sujeto activo.
Además, cuando existan una o varias razones de género sobre la base del reconocimiento de la particularidad y la situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres y bajo la perspectiva de género que deben aplicar las autoridades al caso concreto durante la conducción de las investigaciones, integración de carpetas de investigación, servicios periciales y procesos judiciales.
Con información de La Voz de Michoacán